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ORDEN ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos o servicios de
atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
Todas las entidades de crédito están obligadas a tener un Servicio de Atención al Cliente al que hay que
acudir con carácter previo para poder presentar reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
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Titulares y direcciones del Servicio de Atención al Cliente /Defensor del Cliente
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Este procedimiento le permite consultar los Servicios de Atención al Cliente y Defensores del Cliente de las
entidades supervisadas por el Banco de España.
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Para facilitar la búsqueda, se recomienda sólo introducir un parámetro de
consulta: tipo, código o nombre de la entidad.
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