Norma vigente
Texto consolidado
Normativa de referencia:
- Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre (BOE de 15 de diciembre).
- Circular 6/2001, de 29 de octubre (BOE de 15 de noviembre).
Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:
- Disponer de la información actualizada de los principales agentes por volumen de transferencias con el exterior de los establecimientos de cambio de moneda.
Personas físicas afectadas:
- Los principales agentes por volumen de transferencias recibidas u ordenadas al exterior de titulares de establecimientos que realizan operaciones de compra-venta de billetes extranjeros o cheques de viajeros y/o transferencias con el exterior, según los requisitos del anejo 3.5 de la Circular 6/2001.
Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:
- Los datos proceden de los establecimientos que realizan operaciones de compraventa de billetes extranjeros o cheques de viajeros y/o transferencias con el exterior.
- El soporte utilizado para su obtención es:
* Archivos enviados mediante soporte electrónico por vía telemática.
* Soporte papel.
Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:
- NIF o número de tarjeta de residencia.
- Nombre y apellidos.
- Número de locales.
- Porcentaje del volumen de transferencias recibidas o emitidas por el agente sobre el total de la entidad.
Cesiones de datos de carácter personal:
- Las previstas en el art. 6 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, redactado según la Ley 37/1998, de 16 de noviembre.
Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:
- No se prevén transferencias.
Responsable del fichero:
- Banco de España.
Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
- Departamento de Información Financiera y Central de Riesgos.
Medidas de seguridad:
- Nivel: BÁSICO.