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BE-Normativa Financiera

VISUALIZACIÓN DE LA NORMA

Norma vigente

Texto consolidado


Real Decreto 636/2014, de 25 de julio, por el que se crea la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas y se regula la remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. (BOE de 30)
 
CAPÍTULO II

Remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras

 
Artículo 10.  Remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras. 

1. El Banco de España remitirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la información suministrada por los bancos, cajas de ahorro y las demás entidades financieras a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, relativa a las operaciones de crédito concertadas por las Administraciones Públicas con esas entidades financieras, incluidos los avales, reavales o cualquier otra clase de garantías otorgadas en el marco de estas operaciones de crédito. Asimismo, deberá remitir al órgano competente, por razón de la materia, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, la información relativa a las operaciones de crédito que hayan

concertado cada una de las Administraciones Públicas y sus entidades y organismos vinculados o dependientes con los bancos, cajas de ahorro y demás entidades financieras, así como su posición deudora, u otros datos concretos relativos a su endeudamiento o determinadas operaciones de crédito.

2. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá solicitar a los bancos, cajas de ahorro y a las demás entidades financieras otra información relativa a las operaciones de crédito e información sobre avales, reavales o cualquier otra clase de garantías concertadas con las Administraciones Públicas y sus entidades y organismos dependientes, diferente a la suministrada a la Central de Información de Riesgos del Banco de España, cuando esta sea insuficiente o fuera necesario conocer información más detallada sobre determinadas operaciones de crédito.