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BE-Normativa Financiera

VISUALIZACIÓN DE LA NORMA

Norma vigente

Texto consolidado


Circular 1/2013, de 24 de mayo, del Banco de España, sobre la Central de Información de Riesgos y por la que se modifica la Circular 4/2004, de 22 de diciembre, a las entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros (BOE de 31 de mayo de 2013).[1] [2] [3]

[1]
Incluye corrección de errores publicada en el BOE de 7 de junio de 2013
[2]
Véase la disposición final segunda de la presente Circular.
 
 
 
CAPÍTULO TERCERO
Uso y cesión de datos de la CIR
 
Norma decimoséptima.
Cesión de datos al Ministerio de Hacienda y Función Pública. [38]

1. El Banco de España facilitará al Ministerio de Hacienda y Función Pública la siguiente información declarada a nombre de titulares de riesgos, directos e indirectos, que pertenezcan a los sectores institucionales Administraciones Públicas españolas o sean entidades dependientes de dichas administraciones: datos que identifican a las personas, datos básicos de las operaciones y de las relaciones con las personas, datos dinámicos de las operaciones en las que intervengan, datos sobre tipos de interés y datos que vinculan códigos. Adicionalmente, también enviará los datos que relacionan a los titulares con las entidades que integran el sector público español. [39]


 
Norma decimoctava.
Cesión de datos a otras centrales de riesgos.

El Banco de España cederá datos de la CIR a los organismos o entidades de carácter público que cumplan funciones semejantes a las de la CIR en un Estado miembro de la Unión Europea, así como a las entidades declarantes o miembros de aquellos, en los términos de los acuerdos, o memorandos de entendimiento, firmados al amparo del artículo 63 de la Ley 44/2002.